Las sociedades de autoabasto
La crítica a los proyectos de autoabastecimiento constituye un campo de discusión importante en el debate sobre la reforma energética. Aunque existían precedentes de proyectos de autoconsumo fue en 1992 que la reforma a la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica definió el esquema de participación de productores privados en en sector eléctrico: proyectos de Producción independiente (para venta CFE), de Autoconsumo, de Cogeneración (aprovechamiento de una parte del proceso de producción para la generación de energía) de Importación y de exportación de energía. Desde su creación, estas figuras crearon una polémicas en el terreno jurídico dado que la constitución reservaba al Estado las actividades de generación, sin embargo al suponer (en la época salinista) que estas no constituía actividades esenciales en campo del “servicio público” se creó un esquema de simulación y un mercado paralelo para la comercialización de energía: sociedades de autoabasto.
En la modalidad de proyectos de autoconsumo, de 1994 a la fecha se otorgaron 410 permisos; algunos de ellos especifican el uso de la generación para actividades productivas en el ramo de la agricultura, la ganadería, los alimentos, las manufacturas, la farmacéutica; otros proyectos de autoconsumo son promovidos -incluso- por instancias gubernamentales a nivel federal y estatal, pero cerca de 1744 proyectos son clasificados como proyectos de autoconsumo para el suministro de «industrias diversas».
En el debate se se pone en evidencia el interés del capital financiero por mantener este esquema; recordemos que los proyectos son capitalizados en buena medida por fondos de inversión, por lo que la rentabilidad de corto permea la reestructuración del sector energético a escala global y se apoya en cambios tecnológicos como es la «explosión» de la generación a través de las plantas de ciclo combinado.
En el análisis generado por el software Alceste, la palabra ilegalidad aparece constantemente. La denuncia es que la comercialización de energía eléctrica en las «sociedades de autoabasto» o la venta del excedente de energía (de generadores privados) en el mercado de grandes consumidores contraviene el principio de autoconsumo y pone en riesgo la viabilidad de la empresa estatal.

Quienes defienden este esquema subrayan que ello ha permitido el acceso a nuevas tecnologías y que les permite, a las empresas asociadas, responder a los compromisos de la transición energética y acceder a «tarifas competitivas». El argumento -en oposición a la iniciativa gubernamental- es que la cancelación de éstos proyectos implicaría una salida de capital, inhibiría la inversión y el acceso a nuevas tecnologías. Otro argumento central en esta misma lógica es que los contratos y los permisos deberían ser respetados a riesgo de abrir litigios internacionales
Estos argumento son contestable al señalar que el esquema de financiamiento ha recaído en la banca de desarrollo y en los fondos de inversión, que -con este esquema- el sector de grande consumidores y empresas de generación privada contribuye escasamente al mantenimiento de la infraestructura eléctrica, evaden impuestos -al no asumir que tienen una relación comercial – y que los proyectos asignados a particulares, con energías renovables, representan cerca del 3 % de la generación.
Cabe aclarar que la competitividad de las tarifas, como refieren empresarios, se entiende como bajo costo, por lo que dicho ahorro significa transferir al Estado los costos de mantenimiento de la red.
En la iniciativa de reforma se subraya los problemas de coordinación en la operación de la red debido a la interconexión de privados y que los permisos otorgados sobrepasan la demanda real estimada en el país. En este sentido, entre los contenidos de la propuesta está que el CENACE sea reincorporado como una atribución de CFE.
Destaca que la discusión sobre los proyectos de generación, asignados a empresas privadas, vuelve a articularse con el tema de seguridad energética, aspecto que no refiere sólo a una dimensión política e ideológica, frecuentemente asociado con la idea de soberanía energética; pues implica garantizar la continuidad del servicio y la confiabilidad en la operatividad del sector eléctrico.
Cabe señalar que la comercialización de energía de productores privados se dirige a más de 75 mil clientes; sin embargo, estimaciones presentadas en la iniciativa Presidencial, señalan que estos consumen dos terceras partes de lo que consumen los grandes consumidores. Lo que abre el debate sobre la viabilidad de la empresa pública.
Un dato adicional a considerar es que en el país existen alrededor de 500 mil usuarios que consumen cerca de 2/3 partes de la energía que se factura. Por lo que la propuesta es limitar el acceso al mercado de consumidores, a los particulares, a no más de 46% de la energía comercializada.
Algunas de los argumentos empleados en esta unidad textual. El programa Alceste identifica unidades textuales, por ejemplo, la palabra más próxima a la palabra ilegal es la de excedente. Las versiones estenográficas del primer bloque alimentaron el análisis, por lo que podrá cotejarse en éstas lo qué dijo cada quién participó en las mesas.

las sociedades de autoabastecimiento constituyen un esquema ilegal, ya que se trata de generadores que simulan tener múltiples socios, pero que en realidad son sus clientes, cometen fraude a la ley porque no son verdaderos socios.
no siempre aportan servicios conexos, indispensables para el sistema eléctrico nacional; obtuvieron permisos por una supuesta capacidad excedente, bajo el esquema de sociedades de autoabastecimiento y la comprometió ilegalmente con supuestos socios y permisos tipo LIE, para venderla en el mercado.
un generador extranjero finge tener socios, que son de paja, en realidad, son sus clientes, pero apoyándose en las prerrogativas originales se convierten en monopolios privados.
esos mecanismos de disposición, usurpación ilegitima de la propiedad pública; de los 44 mil millones de dólares invertidos, según los privados, 11 mil con capital propio y 31 con crédito de la banca de desarrollo, afores y banca mexicana en general.
la gran mayoría de los contratos de autoabastecimiento se usan para vender electricidad a clientes disfrazados de socios, haciendo de-esta-manera lavado de electricidad, que parece ser un negocio creativo, pero que al hacerlo violan la ley.
son sus clientes y le facturan, y hay evidencias de ello y hemos hecho denuncias formales ante la comisión reguladora de energía que están pendientes de resolución.
la cancelación de los permisos y de los contratos de compraventa de energía viola los principios constitucionales de retroactividad y múltiples tratados. la cancelación de solicitudes de tramite que hoy están en camino seguramente ahuyentara inversiones que ya están comprometidas y, finalmente, la violación a los tratados internacionales de protección de inversión.
pero estos señores inventaron la idea de que tenían una capacidad excedente, acudieron a la CRE, y la CRE sin ninguna revisión o verificación de las instalaciones les expidió cualquier cantidad de permisos, bajo el esquema de autoabastecimiento.
una vez que se acaban los contratos de interconexión, pues estos señores podrían ir a la Comisión Reguladora y adquirir algún otro permiso y competir en piso parejo.
hoy día tenemos casos en donde se genera, en Monterrey, y se cobra esa energía en Yucatán, se cobra en Chihuahua, en cualquier otra parte del país, aprovechando la infraestructura que ofrece la CFE de transmisión, pagando un porteo ínfimo,
pero, el resto no se va-a ir, el resto va-a integrar el 46 por ciento del sistema eléctrico mexicano que es una oferta que les hace el presidente fantástico, mejor que lo-que tienen ahorita,
los autoabastos renovables es solo el 3 por ciento de la generación, no podemos magnificar algo como si estuviera siendo el 100 por ciento de la energía.
esta figura permitió que la CFE incrementara su base de generación con inversión que no tuvo que hacer, se tuvo acceso a las mejores tecnologías, los concursos eran sumamente exigentes en-cuanto-a la tecnología que se requería.
Sociólogo
Universidad Autónoma de Querétaro

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